El Congreso de la República publicó la ley que amplía el plazo para que los docentes universitarios puedan acreditar grados académicos de maestría y doctorado para dictar clases en centros superiores de estudios, tal como lo señala la Ley Universitaria.
La noche del reciente 29 de noviembre, a través del boletín Normas Legales del diario El Peruano, se oficializó la Ley n.º 31364, que modifica el artículo 4 del Decreto Legislativo 1496, el cual “establece disposiciones en materia de educación superior universitaria en el marco del estado de emergencia sanitaria”.
Con esta modificación, los docentes que, al 30 de noviembre de este año, cursan algún programa de maestría o posgrado tendrán plazo hasta el 30 de diciembre del 2023 para acreditar dichos grados académicos ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
“(…) De lo contrario, son considerados en la categoría que les corresponda de acuerdo a los grados académicos obtenidos o concluye su vínculo laboral o contractual, según corresponda”, se lee en la norma “de carácter excepcional” que lleva la firma de la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva Prieto.